METODOLOGÍA DEL SISTEMA DE PAGO

  

SISTEMA DE PAGO CON MEDICIÓN DEL NIVEL DE ACTIVIDAD.

 

Este sistema de pago se aplica fundamentalmente a los operarios directos a la producción en aquellas actividades donde el plan o el pedido de la producción, constituye el 100% de cumplimiento de la tarea o hasta un nivel de actividad óptimo.

 

En este sistema de pago se aplica un procedimiento que vincula el salario de los trabajadores con el nivel de actividad.  En este sistema se remunera adicionalmente al trabajador con un por ciento del salario correspondiente a los trabajos que ejecuta, en proporción al nivel de actividad que logre en su trabajo.

 

La medición del nivel de actividad a control

 

El nivel de actividad a control esta determinado por el cumplimiento de las normas de rendimiento o de tiempo, de los diferentes trabajos asignados. El nivel normal de cumplimiento se corresponde con el cumplimiento de la norma (100%)  y le corresponde en este sistema  un nivel de actividad del 75%. El nivel máximo de cumplimiento está en el 100%.

 

La medición del nivel de actividad a no control

 

Los jefes de turno, jefes de brigada y los tecnólogos, determinan el nivel de actividad a no control cuando un trabajador realiza trabajos que por su poca cantidad no pueden ser normados y tendrá siempre en cuenta que el trabajador que labora a no control nunca se le puede asignar un nivel promedio mayor que cuando labora a control.

 

Determinar el nivel de actividad a no control  depende de la experiencia y habilidad de los jefes de turno, jefes de brigada y tecnólogos, que realizan la valoración; por consiguiente, mientras mayor sea la  experiencia y estén más preparados, mayor será la rigurosidad con que evalúa el trabajo y consecuentemente el nivel de actividad.

 

El nivel de actividad de un trabajador, es la evaluación de la rapidez, precisión, y destreza conque ejecuta un determinado trabajo.

 

El nivel de actividad normal, que es 75%, se corresponde con el cálculo de la norma calculada al 100%  y  equivale, por ejemplo, a la velocidad desarrollada por un hombre de facultades medias que recorre 5 Km. a pie en línea recta, sin carga ni obstáculos, en un clima normal, en 1 hora. O también, repartir 52 naipes en cuatro grupos en 24 segundos o colocar en un tablero 30 clavijas en ese mismo tiempo. Este nivel constituye el cumplimiento de las normas de trabajo; menos de este nivel se considera incumplimiento.

 

Para apreciar el nivel de actividad es imprescindible saber hacer bien el trabajo. Apreciar el nivel de actividad constituye un elemento objetivo, pero necesita de práctica, la  cual se alcanza en la medida en que los jefes de turno, jefes de brigada y tecnólogos estén más preparados y realicen su trabajo con mayor rigurosidad.

 

El nivel de actividad se mide de la forma siguiente: 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

OBJETIVO:

Este sistema presenta dos modalidades:

 

A. a control

B. a no control

 

A. Medición nivel de actividad a control.

 

El sistema de pago con medición del nivel de actividad a control es recomendable aplicarlo en aquellas actividades donde exista estabilidad en la producción o los servicios, se haya podido ejecutar un estudio de organización del trabajo y se pueda normar la producción de bienes y servicios, a fin de contar con una plantilla de cargos en correspondencia con la complejidad y responsabilidad de los diferentes trabajos y procesos tecnológicos que se desarrollan.

 

Cuando resulta posible normar el trabajo que se realiza y obtener una norma con calidad, el trabajador labora a control y le es aplicable una retribución adicional determinada por un por ciento de incremento de su salario base de cálculo, según tiempo real trabajado.

 

En la tabla a continuación  se reflejan los por cientos a aplicar de acuerdo al nivel de actividad que se alcance.

 

NIVEL DE ACTIVIDAD (%)

% DEL SALARIO ESCALA MÁS EL PAGO ADICIONAL POR LA IMPLANTACIÓN DEL SDGE, MAS OTROS PAGOS ADICIONALES QUE PROCEDAN Y ESTÉN DEBIDAMENTE APROBADOS

  A CONTROL A NO CONTROL

MENOS DE 75

0

0

75

5

4

76

6

5

77

7

6

78

8

7

79

9

8

80

10

9

81

11

9,5

82

12

10

83

13

12

84

14

12,5

85

15

14

86

16

14,5

87

17

15

88

18

16

89

19

17

90

20

17,5

91

21

18

92

22

18,5

93

23

19,5

94

24

20

95

25

21

96

26

22

97

27

23

98

28

23,5

99

29

24,5

100

30

25

  

Parte del criterio de lograr una norma con calidad, que se cumple logrando un esfuerzo normal y sostenido por el trabajador en la jornada laboral oficialmente establecida.

 

En este sistema a control no es admisible sobre cumplir el nivel máximo, es por ello que se aplica en producciones donde no es admisible el sobre cumplimiento, retribuyéndose como máximo hasta un  30%.

 

B. Medición nivel de actividad a no control.

 

Este sistema de pago con nivel de actividad a no control, se aplica en producciones unitarias o de series cortas no repetitivas, en que por el poco tiempo que dura su ejecución, la normación es inoperante y el jefe de turno,  brigada o el tecnólogo, miden el nivel de actividad con que ejecutó la tarea el trabajador y por consiguiente la retribución que le corresponde, utilizando para fijar el por ciento de incremento sobre el salario base de cálculo según tiempo real trabajado, la columna de la tabla anterior  que indica el por ciento para actividades que se realicen a no control.

 

Para aplicar este sistema el jefe de brigada debe llevar una tabla de control del nivel de actividad de los trabajadores en cada a trabajo;

por ejemplo:

 

Trabajador

Trabajos realizados en la quincena (NA %)

1 2 3 4 5 6 NA % Promedio*
Juan 89 85 56 90 91 92 88.83
Pedro              
Carlos              
Vicente              
Gonzalo              
Juana              
Ismael              

 

II.   INDICADORES

 

Indicador  formador:

Indicador condicionante: 

El no cumplimiento de estas condicionantes, disminuye el salario adicional por el cumplimiento del indicador formador, en el 25%, para el primer indicador y el 20%, para el segundo indicador.

 

III.  FORMACIÓN DEL SALARIO:

 

El sistema concibe remunerar el cumplimiento de la norma de trabajo o nivel de actividad normal y el sobre cumplimiento hasta el nivel máximo.

 

El nivel de actividad, se mide en el rango comprendido entre el 75% (nivel de actividad normal) y el 100% (nivel máximo de sobre cumplimiento de la norma).

 

Al nivel de actividad de un 75% (nivel normal de cumplimiento de la norma), se le asigna una retribución adicional de hasta un 4 % del salario, en correspondencia con lo que se apruebe por el jefe del organismo, Presidente de CAP o Jefe entidad nacional, en el marco de la aprobación del plan anual de la empresa y hasta el nivel de actividad del 100% (nivel máximo de sobre cumplimiento de la norma), le corresponde una retribución máxima de un  25%.

 

A cada trabajo realizado le corresponde un nivel de actividad (ver tabla página 3). El nivel de actividad del mes o la quincena, se determina por el promedio    obtenido en los diferentes trabajos que se realizaron en el período

 

            ∑ Cumplimiento NA de diferentes trabajos

NAp = ----------------------------------------------

                                  Números de trabajos

 

NAp =  Nivel de actividad promedio.

 

En el sistema de pago con  medición del nivel de actividad, en caso de incumplimiento del indicador formador (menos de 75% - zona de incumplimientos en el grafico), el trabajador cobra sólo su salario y si aplica el perfeccionamiento se le penaliza el pago adicional por la implantación del SDGE de la forma siguiente:

 

Grupos de la escala

% de penalización  del pago adicional

IX

3% por cada 1 % de incumplimiento hasta el 30%

del I al VIII

2% por cada 1 % de incumplimiento hasta el 20%

 

Al referirnos al salario este incluye el salario escala más el pago adicional por la implantación del SDGE, más otros pagos adicionales que procedan y estén debidamente aprobados, según tiempo real trabajado

 

El % de nivel de actividad (% NA), actúa sobre el salario escala (SE) más el pago adicional por la implantación del SDGE (PApe), más otros pagos adicionales (OPA) que procedan y estén debidamente aprobados, por lo que el salario por resultados del trabajador  (SRT) será:

 

 

SRT = (SE + PApe + OPA) X (%NA)

 

 

Donde:

 

SRT: Salario por resultado del trabajador.

SE: Es el salario escala.

PApe: Es el pago adicional para las empresas que aplican el perfeccionamiento empresarial.

OPA: Son otros pagos adicionales aprobados y que correspondan.

NA: Es nivel de actividad (en por ciento).

Siempre que se cumplan los indicadores condicionantes.

 

IV.  DISTRIBUCIÓN DEL SALARIO:

 

La distribución del salario se efectúa de forma individual.

 

El salario a devengar resulta del salario según tiempo real trabajado más salario por los resultados (SRT)

 

V.  PERÍODO DE EVALUACIÓN DE LOS INDICADORES:

 

El periodo de pago es quincenal, previa certificación de los indicadores por el personal facultado.

 

Si el trabajo a realizar requiere de un tiempo superior al periodo de pago, se le dará un anticipo al trabajador equivalente a su salario escala, más el pago adicional por la implantación del SDGE, más otros pagos adicionales debidamente aprobados y que procedan, según tiempo real trabajado, hasta el límite de 8 horas por día.  El salario por resultados se cobrará sólo al concluir el trabajo con la calidad estipulada. 

 

En estos tipos de trabajo de duración superior al mes es necesario medir el nivel de actividad permanentemente  a fin de reflejar el verdadero resultado individual del trabajador en el período.

 

VI.  TRABAJADORES ABARCADOS:

 

Están abarcados treinta y cinco trabajadores del Taller de Moldes y troqueles, pertenecientes a la categoría ocupacional de operarios.

 

VII. CERTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS INDICADORES:

 

Indicadores

Personal Facultado

Nivel de actividad (cumplimiento de la norma o medición a no control)

Jefes de brigada, tecnólogos.

Cumplimiento de la norma de trabajo o nivel de actividad normal y el sobre cumplimiento o nivel de actividad óptimo.

Calidad de la producción entregada.

Responsable de la calidad del Taller o de la UEB al que se subordina el Taller.

No exceder el presupuesto de gasto del taller.

Director de Contabilidad y Finanzas

 

EJEMPLO DE SISTEMA DE PAGO CON MEDICIÓN DEL NIVEL DE ACTIVIDAD A CONTROL, CUANDO SE CUMPLE EL NIVEL DE ACTIVIDAD.

 

Supongamos un operario que devenga un salario escala de $250.00; por lo que le corresponde una tarifa salarial  diaria de $10.48 y recibe el pago adicional por la implantación del SDGE de $75.00, con una tarifa salarial diaria de $3.12 más un pago de condiciones laborales anormales ascendente a $0.64/día. Labora en una producción cuya norma al nivel de actividad normal (75 % de actividad) es de 45 unidades. Al concluir la jornada laboral realizó una producción de 55 unidades, en 8 horas.

 

I.    OBJETIVO 

II.   INDICADORES:

 

Indicador formador.

Indicadores condicionantes.

III.  FORMACIÓN DEL SALARIO:

 

Se determina el nivel de actividad máximo, el que viene dado en este caso que es a control, aplicando la regla de tres, a partir del nivel normal, a saber:

 

El nivel de normal es de 45 piezas luego el nivel máximo de cumplimiento seria:

 

45  --------------------------------------------     75

X    --------------------------------------------- 100

 

Se lleva al nivel máximo (100%) ya que el máximo posible de sobre cumplimiento es el 100%.

            

       45*100       4500

X = --------- = ------- = 60 piezas

          75            75

 

Por consiguiente, el nivel de actividad real sería la división de la producción real lograda dividido entre el nivel máximo al 100%.

             

                                      55

NIVEL DE ACTIVIDAD =  ------- X 100 = 91.7 ≈ 92%

                                      60           

 

De acuerdo a la tabla de nivel de actividad (ver página 3), le corresponde una  retribución adicional del 22% de su salario escala más el pago adicional por la implantación del SDGE, más las condiciones laborales anormales.

 

El salario por resultados por el cumplimiento del nivel de actividad seria:

 

 

SRT = (SE + PApe + OPA) X NA (%)

 

                         

 SRT diario = ($10.48 + $3.12 + $0.64) X 22% = 3.13    

 

Como se cumplieron los indicadores condicionantes, recibe el total del salario por resultados, por el cumplimiento del nivel de actividad, o sea, $3.13.

 

Supongamos ahora que en una empresa, por falta de control administrativo, un trabajador hace 65 piezas;  pero como la norma al nivel máximo (100%) es de 60 piezas, solo al trabajador se le podrá pagar hasta lo señalado en el nivel máximo. Es por ello que este sistema se aplicará donde existan las condiciones organizativas y de control  que permitan su aplicación.

 

IV.  DISTRIBUCIÓN DEL SALARIO:

 

La distribución del salario se efectúa de forma individual.

 

El salario a devengar total será la suma del salario según tiempo real trabajado más el salario por resultados ($10.48 + $3.12 + $0.64)  + $3.13= $17.37 diario

 

V.    PERÍODO DE EVALUACIÓN DE LOS INDICADORES:

 

El período de pago es quincenal, previa certificación de los indicadores por el personal facultado.

 

VI. TRABAJADORES ABARCADOS:

 

Están abarcados treinta y cinco trabajadores del Taller de Moldes y Troqueles, pertenecientes a la categoría ocupacional de operarios.

 

VII. CERTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS INDICADORES:

 

Indicadores

Personal Facultado

Nivel de actividad

Jefes de brigada, tecnólogos.

Cumplimiento de la norma de trabajo o nivel de actividad normal y el sobre cumplimiento o nivel de actividad óptimo.

Calidad de la producción entregada.

Responsable de la calidad del Taller o de la UEB al que se subordina el Taller.

No exceder el presupuesto de gasto del taller.

Director de Contabilidad y Finanzas

 

EJEMPLO DE SISTEMA DE PAGO A CONTROL CON BAJO NIVEL DE ACTIVIDAD.

 

Supongamos que el mismo operario logró un nivel de actividad del 70%, ello implica que se incumplió en un 5% (75 – 70) no procediendo entonces el pago por resultados por el cumplimiento del nivel de actividad, devengando el trabajador el salario según tiempo real trabajado y se penaliza el pago adicional del perfeccionamiento en la forma siguiente:

 

Grupos de la escala

Por ciento de penalización  del pago adicional

IX

3% por cada 1 % de incumplimiento hasta el 30%

Del I al VIII

2%  por cada 1 % de incumplimiento hasta el 20%

 

 

 

Penalización = 2% por cada 1% X 5% de incumplimiento = 10%.

 

Por consiguiente, el salario escala + las CLA según tiempo real trabajado (STRT) diario es de: $10.48 + $0.64 = $11.12

 

El pago adicional del perfeccionamiento es de $3.12, pero como hubo incumplimiento, se penaliza en el 10%. Por tanto se le deducirá: $3.12 x 0.10= $0.31 y recibe por este concepto:

 

$3.12 - $0.31 = $2.81

 

Devengando un salario total diario de: $11.12 +$2.81 = $13.93

 

En las empresas que no aplican el pago adicional del perfeccionamiento el trabajador cobra solo su salario  escala más los otros pagos adicionales que le correspondan.

 

EJEMPLO DE SISTEMA DE PAGO A NO CONTROL

 

Así por ejemplo, un trabajador en el mes, según tiempo real trabajado, percibió un salario escala de $235.00 y un pago adicional del perfeccionamiento de $75.00 y laboró en 5 trabajos  diferentes a no control, obteniendo los siguientes niveles de actividad: 90%, 90%, 87%, 89%, y 92% existiendo un exceso en los gastos del taller. Al analizar estos resultados, el promedio de nivel de actividad fue:  

 

            90+90+87+89+92         448

NAp = -------------------- = ------- = 89.6  ≈ 90%

                         5                        5

 

De acuerdo con la tabla del nivel de actividad, le corresponde al 90%, un pago por resultados del 17.5%, (a no control), por consiguiente, el salario por resultado será:

SRT = (SE + PApe) x NA (%)

 

SRT = ($235.00 + $75.00) X 17.5% = $54.25, no obstante como hubo un exceso del presupuesto de gastos del Taller, se penaliza el salario por resultados en el 20%, o sea:

 

Afectación = $54.25 x 20% = $10.85

A recibir = $54.25 -$10.85 = $43.40

 

El salario a devengar total será la suma del salario según tiempo real trabajado más el salario por resultados ($235.00 + $75.00 + $43.40 = $353.40)

 

EJEMPLO DE SISTEMA DE PAGO CON NIVEL DE ACTIVIDAD A NO CONTROL

 

Supongamos que en un taller formado por 35 trabajadores se aplicará, teniendo en cuenta la poca repetitividad de los trabajos a realizar,  el sistema de pago por nivel de actividad a no control

 

I.    OBJETIVO

II.   INDICADORES:

 

Indicador formador. 

Indicadores condicionantes 

III.  FORMACIÓN DEL SALARIO

 

Por el cumplimiento del nivel de actividad.

 

Por cumplir al 75% se pagara un 4%, en lo adelante se aplicará la siguiente tabla No.1 (ver página 3), al llegar al 100% se pagara un total del 25%. Más del 100% no se estimula.

 

A cada nivel de actividad en un determinado trabajo corresponde un  por ciento de cumplimiento, así por ejemplo si el trabajador en uno laboró a  un nivel de actividad del  89% recibirá un salario por los resultados del 17% del salario base de cálculo del trabajador*

 

*salario base de cálculo, es el salario que devenga  el trabajador según tiempo real trabajador, incluye el salario escala y los pagos adicionales debidamente aprobados y que correspondan.

 

Para calcular el nivel de actividad correspondiente al mes o la quincena se obtienen el promedio de niveles de actividad de los diferentes trabajos realizados, a saber:

 

              ∑ Cumplimiento NA de diferentes trabajos

NAp = ---------------------------------------------

                        Números de trabajos

 

NAp =  nivel de actividad promedio.

 

Así por ejemplo un trabajador en el mes, según tiempo real trabajado, percibió un salario escala de $235.00 y un pago adicional del perfeccionamiento de $75.00 realizó 5 trabajos obteniendo los siguientes niveles e actividad: 90%, 90%, 87%, 89%, y 92%  al analizar estos resultados en la tabla No. 1 del nivel de actividad a no control vemos que el cumplimiento es de:

 

            90+90+87+89+92         448

NAp  = -------------------- = -------  = 89.6 ≈ 90 %

                         5                   5

 

Para el 90% a no control, corresponde un 17.5% de incremento.

 

Salario a devengar por el trabajador  

SR = (SE + PApe + OPA) x NA (%) = (235+75) x 17.5% = 310 x 0.175 = 54.25

 

El salario a devengar por el trabajador (SDT) será la suma del salario según tiempo real trabajado más el salario por resultados, a saber:

 

SDT =  235 + 75 + 54.25 = $364.25

 

Cuando el nivel de actividad apreciado está por debajo del 75% existe incumplimiento del nivel de actividad, por lo que no se obtiene remuneración adicional por resultados y si la empresa aplica el perfeccionamiento empresarial y el pago adicional, corresponde aplicar una penalización del pago adicional por implantar el SDGE, de la forma siguiente:

 

Grupos de la escala

Por ciento de penalización  del pago adicional

IX

3% por cada 1 % de incumplimiento hasta el 30%

Del I al VIII

2% por cada 1 % de incumplimiento hasta el 20%

 

Así por ejemplo,  un operario del grupo V, percibe según tiempo real, un salario escala de 255.00 pesos y un pago adicional por implantar el SDGE de 75.00 pesos  al mes, cumple el nivel de actividad promedio en un 70%. En este caso, no le corresponde pago por resultados y se le aplica una penalización del pago adicional por implantar el SDGE, según tiempo real trabajado, de la forma siguiente:

 

Incumplimiento = 75% - 70% = 5%

% a penalizar = 5% x 2% = 10%

Penalización = 10% x 75.00 = $7.50

 

Pago adicional a recibir = $75.00 - $7.50 = $67.50

Salario a devengar = $255.00 + $67.50 = $322.50

 

Reducción del salario formado por incumplimiento de los indicadores condicionantes:

Supongamos que el nivel de actividad del trabajador es de 90% por lo que le equivale a 17.5% de salario por resultados. El trabajador no tuvo ausencias en el mes, pero el presupuesto de gasto del taller se incumplió; por ello corresponde un descuento del 20% al salario por los resultados obtenido.

 

(SE + PApe + OPA) = 255.00+75.00 = 330.00

Salario por resultados =330.00 x 17.5%= 57.75

Salario a recibir 330.00 +57.75= 387.75

 

Afectación por incumplimiento de la condicionante, presupuesto de gasto del taller: 20%

Afectación = 20% de 57.75= 11.55

Salario por resultados a recibir = 57.75 - 11.55 = 46.20

Salario a devengar = 330.00 + 46.20 = 376.20

 

IV.  DISTRIBUCIÓN DEL SALARIO

 

Es de manera individual por cada trabajador, sobre la base de:

 
SDt = (SE + PApe + OPA) x NA (%)

 

V.   TRABAJADORES ABARCADOS

 

Taller de moldes y troqueles.

 

Dirigentes

Operarios

T. Servicios

T. Administrativos

Técnicos

Total

  25       25

 

VI.  PERÍODO DE EVALUACIÓN DE LOS INDICADORES

 

El periodo de pago es quincenal, previa certificación de los indicadores por el personal facultado.

 

Si el trabajo a realizar requiere de un tiempo superior al periodo de pago, se le dará un anticipo al trabajador equivalente a su salario escala, más el pago adicional por la implantación del SDGE, más otros pagos adicionales debidamente aprobados y que procedan, según tiempo real trabajado, hasta el límite de 8 horas diarias ó 190.6 horas promedio mensual. El salario por resultados solo se cobrará al entregar el trabajo con la debida calidad.

 

VII.   CERTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS INDICADORES

 

Indicadores

Jefe autorizado a certificar

Nivel de actividad

Jefes de brigada, tecnólogos

Cumplimiento del nivel de calidad

Responsable de la calidad de la empresa

Presupuesto de gasto del taller.

Director de Contabilidad y Finanzas