330 a 331 - PÉRDIDAS EN INVESTIGACIÓN |
Representan, de forma transitoria, el importe de las pérdidas por deterioro de los recursos o situaciones excepcionales que se originan o los que se detectan al efectuarse inventarios o durante cualquier otra comprobación. Incluye: Pérdidas en cosechas, por deterioros, por rebajas de precios minoristas, Cuentas por Cobrar, Pérdidas por Desastres, etc.
Se debitan por las pérdidas en el momento de tenerse conocimiento de los mismos y
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e acreditan después de efectuar las investigaciones y recibirse las aprobaciones que correspondan. LzEsta cuenta se analiza por las subcuentas de uso obligatorio definidas en el nomenclador de cuentas
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Resolución No.494/16 Ministerio Finanzas y Precios. de 02/11/2016 |
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